¿Qué significa vigilado por la Superintendencia Financiera?

Superfinanciera

Cuando un posible cliente, o mejor dicho un usuario financiero comienza averiguar sobre una entidad -Ya sea financiera o Banco- recorre la historia, la tradición y otros aspectos más que hacen a la confianza en la compañía. Pero jurídicamente, lo que ofrece garantías de la confiabilidad y transparencia de una entidad financiera, es la supervisión de la Superintendencia Financiera.

La misión de éste órgano estatal, es la de asegurar la transparencia del sistema bancario; además, de velar por la estabilidad del sector. De igual manera, se puede destacar que la acción del organismo, permite al usuario financiero estar al tanto de los diferentes estudios, auditorias y demás análisis que se le realizan a todos los actores que entran dentro de su esfera de acción.

vigilado SUPERINTENDENCIA

Acorde a la legislación vigente, en el territorio sobre la cual ejerce su poder el estado, las únicas entidades que se encuentran habilitadas para ejercer la acción de captar, otorgar créditos, lucrar, inversión del dinero público, entre otras cosas más, son las sociedades anónimas y las cooperativas financieras; así, no podrán operar compañías bajo la forma jurídica de sociedades de hecho, colectivas en comandita, de responsabilidad limitada o empresa unipersonal.

Las empresas que pueden realizar las funciones financieras no pueden ser otras que las supervisadas bajo la vigilancia y control de la Superintendencia Financiera. En síntesis son: «Los bancos; las compañías de financiamiento comercial; las corporaciones financieras; las cooperativas financieras; los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero; las entidades oficiales especiales; las sociedades fiduciarias; las secciones de ahorro y crédito de las cajas de compensación; las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía; las sociedades comisionistas de bolsa independientes; comisionistas de bolsa de valores y de bolsas agropecuarias, agroindustriales y de otros productos básicos; las sociedades administradoras de inversión; los fondos mutuos de inversión; los emisores de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores y las sociedades de capitalización, según las modalidades que la ley expresamente establece para cada tipo de entidad», según el propio organismo.

Aunque no toda la responsabilidad cae sobre la Superintendencia, ya que trabaja en conjunto con los organismos oficiales de seguros de depósitos (que son establecidos y fijados por ley), en conjunto con el Banco de la República.

Resta por decir, que la Superintendencia, velará por los derechos del consumidor financiero, por lo cual, cuenta con un programa de protección para asesorar y cuidar los intereses de las personas.



Comments are closed.